El uso no autorizado de datos personales no es cosa de broma, la Ley 21096 nos protege.
A partir del enorme crecimiento de las redes sociales, es importante tomar en cuenta el uso de las mismas en los sorteos en los que participamos a través de ellas, tomando en cuenta que muchas veces necesitamos inscribirnos compartiendo nuestros datos personales como nombres, documentos de identidad y formas de contacto (correos electrónicos y números celulares).
Todo el proceso; es decir, desde cuando comienza la primera pregunta solicitando información, es materia de protección por parte de la ley, por lo que es necesario nuestro consentimiento y aceptación para el uso de nuestros datos personales por parte de terceros y la seguridad que se brindará a los mismos, entre muchos otros requisitos y beneficios.
Cuando se está frente a sorteos realizados en redes sociales o en general haciendo uso del Internet, todo aquello debe cumplir con requisitos y obligaciones que están en la Ley 21096 de Protección de Datos Personales, por lo que de percibir que nuestros datos están siendo utilizados con fines contrarios a nuestros deseos o intereses podemos acudir a las autoridades competentes.
Cabe destacar que para su ejecución, la Ley 21096 modificó el artículo 19 de la Constitución Política de la República que consagra las garantías constitucionales de las personas, para agregar en su numeral 4º el Derecho a la Protección de los Datos Personales. De este modo en la Carta Fundamental, se reconoce la protección de los datos personales, y además señala que el tratamiento y protección de estos datos, se efectuará en la forma y condiciones que determine la ley.
Fuente: https://aldiachile.microjuris.com/2018/06/18/ley-no-21-096-consagra-el-derecho-a-la-proteccion-de-datos-personales/